La fisioterapia va mucho más allá de una camilla… y te lo vamos a demostrar.…
Desgrava tu cuota colegial en la campaña de la renta 2025
Las cuotas colegiales son deducibles, tanto si trabajas por cuenta ajena (artículo 10 del RD 439/2007 del Reglamento del IRPF) o por cuenta propia (artículo 28.1 de la Ley 35/2006 del IRPF).
Si trabajas por cuenta ajena, el importe total de la cuota debes ponerlo en la sección de Rendimientos del trabajo. Casilla 15 “Cuotas satisfechas a Colegios Profesionales”.
Si trabajas por cuenta propia debes reflejar la cuota como un gasto más de la actividad y tienes que incluirla junto con Otros conceptos fiscalmente deducibles. Casilla 217 “Otros gastos deducibles”.
El importe total de las cuotas de 2025 asciende a 171€.
Puedes descargar el Certificado de Cuotas desde el Área de Colegiados.
