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Registro de profesionales sanitarios (reps), finalización de plazo de inscripción el 23 de septiembre
El próximo domingo, 23 de septiembre, finaliza el plazo para incorporar los centros sanitarios al Registro de Profesionales Sanitarios del Ministerio de Sanidad.
El Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS) se creó en el año 2012 con la con el objeto de facilitar la planificación de necesidades de profesionales sanitarios y coordinar las políticas de recursos humanos del Sistema Nacional de Salud (SNS).
“El REPS incorpora datos de todos los profesionales sanitarios autorizados para trabajar en España y dispone de una serie de datos públicos que permiten garantizar a los ciudadanos que los profesionales sanitarios que les atienden tienen la titulación adecuada y pueden ejercer su profesión” y es gestionado por la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Legislativamente se encuentra regulado en el Real Decreto 640/2014 de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios y desarrollado en la Orden SS/890/2017 de 15 de septiembre.
Según establece este Real Decreto, los Centros Sanitarios Privados inscritos en el Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios(REGCESS), están obligados a comunicar los datos de los profesionales sanitarios y de los profesionales del área sanitaria de formación profesional incluidos en sus registros por lo que todos los fisioterapeutas autónomos que disponga de un centro privado tiene la obligación de estar registrado tanto en el REPS como en el REGCESS. Además, dichos profesionales tienen la obligación de tener registrados a sus trabajadores del ámbito sanitario en el Registro de Profesionales Sanitarios REPS, es decir :
•Los profesionales con ejercicio autónomo y titulares de un centro sanitario que dispongan de código REGCESS se consideran como entidades, por lo que deberán remitir directamente sus datos al REPS (Portal web específico ubicado en la web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social).
•En el caso de que el profesional autónomo mantenga una relación mercantil con un centro sanitario con código REGCESS, en el que presta sus servicios, será el centro sanitario el encargado de hacer la notificación
Puede consultar más información sobre el REPS en los siguientes links:
INFORMACIÓN GENERAL REPS : http://www.mscbs.gob.es/profesionales/registroEstatal/home.htm
INFORMACIÓN PROCEDIMIENTOS DE INSCRIPCIÓN
1.- ENTIDADES: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/registroEstatal/EntidadesREPS.htm
2.- PROFESIONALES:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/registroEstatal/home.htm
Además, en los manuales adjuntos editados por el Ministerio, encontrará más información sobre los procedimientos de inscripción tanto de entidades como de empleadores
Para tramitar el registro será necesario contar con certificado digital de persona física. En el siguiente video tutorial se indica como se puede solicitar .
https://www.youtube.com/watch?v=p19J0TOpIks
Para más información relativa a certificado electrónico, accede a la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: www.cert.fnmt.es
El Ministerio pone a disposición de los interesados las siguiente dirección electrónica para consultas y aclaraciones sobre el procedimiento de inscripción reps@mscbs.es