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Presentación en la asamblea regional del informe en relación a la proposición de ley 45 de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte en la carm

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Hoy 10 de enero, dentro de las competencias propias atribuidas al Colegio de Fisioterapeutas de la Región de Murcia de velar y perseguir el intrusismo profesional, se ha presentado un Informe Técnico en la Asamblea Regional, dirigido a los distintos Grupos Parlamentarios, con motivo del contenido y redacción de la “Proposición de Ley 45, por la que se ordena el Ejercicio de las Profesiones del Deporte en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia” y en particular de su artículo 9, al ocasionar éste una invasión del campo profesional del Fisioterapeuta al otorgar a los Titulados en las Ciencias de Actividad Física y del Deporte, unas competencias profesionales sanitarias propias del Titulado en Fisioterapia, concretamente al pretender intervenir en la recuperación y reeducación de lesiones o patologías.

 

Dicho artículo, va en contra de la principal actuación del ejercicio de la profesión de Fisioterapeuta, cuyo trabajo consiste esencialmente en la reeducación, recuperación o rehabilitación funcional y de la salud, fundamentándose tal afirmación a que las personas que reciben las actividades destinadas a conseguir tales objetivos son aquellas que padecen enfermedades o secuelas de las mismas, por lo que deben ser atendidas únicamente por profesionales sanitarios y no por aquellos que no lo son, según lo contenido en el art. 7b de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (BOE nº 280 de 22 de noviembre) que establece que “corresponde a los Diplomados (hoy en día graduados) universitarios en Fisioterapia la prestación de los cuidados propios de su disciplina, a través de tratamientos con medios y agentes físicos, dirigidos a la recuperación y rehabilitación de personas con disfunciones o discapacidades somáticas, así como a la prevención de las mismas”. 

 

 

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