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Novedades en los permisos por nacimiento y cuidado del menor
Os dejamos un resumen de cómo queda la regulación del permiso por nacimiento tras la reforma publicada en el BOE
Reforma del permiso por nacimiento y cuidado de menor (art. 48.4 ET). Regulación aplicable a partir de hoy 31/07/2025:
- Duración del permiso:
- Cada progenitor tendrá 19 semanas de suspensión del contrato por nacimiento y cuidado del menor (hasta ahora eran 16 semanas para cada progenitor)
- En familias monoparentales, el único progenitor tendrá 32 semanas.
- Hospitalización del bebé (no se modifica su regulación):
- Si el bebé nace prematuramente o necesita estar ingresado, se podrá retrasar el inicio del permiso hasta que reciba el alta.
- Además, si la hospitalización dura más de 7 días, se podrá ampliar el permiso hasta 13 semanas adicionales.
- Distribución del permiso:
- 6 semanas obligatorias tras el parto, a jornada completa (esto no cambia)
- 11 semanas más que pueden usarse de forma flexible hasta que el bebé cumpla 12 meses (hasta ahora eran 10 semanas)
- 2 semanas adicionales (o 4 si es monoparental) que pueden usarse hasta que el hijo cumpla 8 años. (esta es la nueva figura de la reforma)
- Flexibilidad:
- Las semanas opcionales pueden disfrutarse a jornada completa o parcial, si hay acuerdo con la empresa (el difrute a tiempo parcial está previsto que se regule todavía por Real Decreto).
- El trabajador debe avisar con 15 días de antelación
Qué pasa con los hechos causantes (nacimientos) producidos antes del 31/07/2025:
- Nacimientos anteriores a 02/08/2024: la reforma no les afecta.
- Nacimientos entre 02/08/2024 y el 30/07/2025: podrán disfrutar solamente del permiso de 2 semanas adicionales, y no se puede solicitar antes de enero de 2026. En cambio, el permiso por nacimiento que estén disfrutanto o hayan disfrutado se mantiene en 16 semanas, esto es, no pueden reclamar la semana adicional aprobada.
- Nacimientos a partir de 31/07/2025: se benefician integramente de la regulación actual (19 semanas)